Page 2 - Periodico Prhopio ED 27
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2             EDITORIAL                                                                       www.prhopio.com • Bogotá, Colombia, Abril 2022


          Viene de P-1
                                               Cómo elegir a un buen






                                                Administrador de P.H.









                                              a una cosa o persona; provie-        no empezar a entender que si no      blea para elegir a quien los repre-
                                              ne del latín functio, functionis, y   se  cumple  con los objetivos, la   sentará jurídicamente.
                                              significa “ejecución o ejercicio de   responsabilidad es compartida?.
                                              una facultad”.” Como quien dice,     El administrador por no cumplir        También  es  hora  de  que  los
          Luz Dary Nieto Orozco               las funciones de un administra-      con todo lo que se comprometió       órganos administrativos y de
                                              dor son todas aquellas tareas que    cuando presentó su hoja de vida      control, empiecen a asumir su
                                              debe realizar para cumplir con las   y firmó el contrato y el Consejo o   responsabilidad con criterio, co-
                  s muy frecuente oír         facultades que la ley le otorga.     quien lo haya elegido por no ve-     nocimiento y con carácter, si en
                  quejas en contra de                                              rificar, constatar y elegir bien.    realidad queremos generar un
                  los administradores de        Teniendo claros estos dos con-                                          cambio, de lo contrario seguire-
         EPropiedad Horizontal y              ceptos,  miremos  quién  nombra        Es hora de empezar a mirar la      mos  solo  escuchando quejas  y
          uno se pregunta ¿dónde estará       a un administrador de PH. Se-        propiedad horizontal como una        acusaciones de los unos contra
          la falla?. Vamos a realizar un      gún la ley 675/2001 “Artículo 50.    empresa, por lo tanto, se debe       los otros y la PH seguirá sin do-
          análisis a conciencia del proce-    Naturaleza del administrador. La     buscar un gerente, no solo  con      liente ni liderazgo que les de la
          so de elección de este cargo, en    representación legal de la perso-    conocimientos sólidos del cómo       posición económica y social que
          las copropiedades, para ver si      na jurídica y la administración del   se proyecta una compañía, sino      se merece, porque el mundo se-
          podemos encontrar la falencia.      edificio o conjunto, corresponde-    que conozca muy bien la ley que      guirá evolucionando y cambian-
                                              rán a un administrador designado     los cobija, pero además, que en-     do aunque nosotros nos quede-
                                              por la asamblea general de pro-      tienda que este cargo requiere       mos anclados en el pasado y las
           Qué hace un administrador?. La     pietarios, en todos los edificios o   de una gran dosis de capacidad      tradiciones.
          ley 675 determina en el “ARTÍCU-    conjuntos, salvo en aquellos ca-     de servicio, por lo tanto los Con-
          LO 51. Funciones del administra-    sos en los que exista el Consejo     sejos o encargados de elegir es-       No más expresiones “como los
          dor. La administración inmediata    de Administración, donde será        tos cargos, ya no pueden seguir      administradores de PH son ma-
          del  edificio  o  conjunto  estará  a   elegido por dicho órgano,”       con el cuento de que “nosotros       los, también debemos decir los
          cargo del administrador, quien                                           hacemos la selección”, cuando ni     Consejos eligieron mal”, de esta
          tiene facultades de ejecución,        Es decir, la ley también faculta   siquiera saben qué normas de-        manera, la responsabilidad no
          conservación, representación y      a la Asamblea o al Consejo de        ben cumplir las copropiedades,       solo será compartida, sino que
          recaudo”. Empecemos por dife-       administración, para elegir a la     qué ley los regula, qué facultades   también la solución vendrá de
          renciar entre una facultad y una    persona que los va a representar     le están otorgando al administra-    los dos; los unos se preparán me-
          función.                            jurídicamente por un determina-      dor, qué funciones debe cumplir      jor para cumplir con las faculta-
                                              do tiempo, el que su reglamento      y aún siguen ofreciendo unos         des y las funciones de su cargo y
           Facultad: “Autoridad o derecho     indique. Cabe aquí entonces otra     honorarios mediocres, buscan-        los otros también se prepararán
          que tiene una persona en función    pregunta. Si el Administrador no     do profesionales idóneos, con el               mejor para saber con
          de su cargo o de su empleo para     cumple con sus facultades, por-      cuento de que “aquí no hay mu-                     exactitud   yprofe-
          hacer ciertas cosas.”. Esto quiere   que no ejecuta bien sus funciones   cho que hacer”. Es el momento                         sionalismo, qué
          decir que el administrador tie-     o porque no las conoce o porque      de hacer un alto en el camino                           persona están
          ne la potestad que le avala la ley   simplemente no le interesan, de     y buscar métodos y perso-                                 buscando y
          para conservar, representar y re-   quien será la responsabilidad?,      nas idóneas, para hacer                                     a  quién  le
          caudar, no es si le autoriza el con-  del administrador? O de quien lo   una excelente elección                                      entrega-
          sejo, el contador, el revisor fiscal   eligió?                           de quienes manejarán                                         rán el pa-
          o cualquier otra persona, ya la ley                                      el patrimonio de miles                                        trimonio
          lo facultó para ello, cuando firmó    No podemos seguir mintién-         de colombianos; y que                                         de    los
          el contrato de prestación de ser-   donos a nosotros mismos, disfra-     los Consejos empiecen                                          propie-
          vicios o laboral, como represen-    zando la realidad y levantando el    a prepararse también,                                          t a r ios
          tante legal del conjunto, edificio o   dedo acusador para señalar, sin   para asumir la res-                                             de su
          cualquiera sea la figura, siempre y   tener la valentía de asumir nues-  ponsabilidad                                                     P.H.
          cuando esté bajo el régimen de      tra propia responsabilidad.          tan grande
          propiedad horizontal.                                                    que impli-
                                                Si el consejo es el que en su ma-  ca recibir la
           Función: “Una función es el pro-   yoría, por lo menos en Colombia,     facultad de
          pósito o tarea que se le atribuye   elige a su administrador, por qué    la Asam-





                                                                                    Dirección:        Luz Dary Nieto Orozco
                                                                                    email:            gerencia@prhopio.com
                                                                                    Contacto:         322 905 1163
                                                                                    Diagramación:     Efraín Sánchez G.
                                                                                    Colaboradores:    Eve Polanco              Estanislao Rozo
                                                                                                      Roberto Gómez Duarte     Carlos Alberto Ieno – Córdoba, Arg.
                                                                                                      Jorge Orlando León Forero   Ramiro Serrano
                                                                                                      Ever Arévalo Delgadillo   Carlos Convers
                                                                                    Corresponsales:   Andrés De La Espriella R. – Cali   Calixto Pinzón – Tunja
                                                                                                      Sandro Nieto – Medellín   Claudia Posada – Manizales
                                                                                                      Horacio Torres B. – Barranquilla   Martha Lucía B. – Cajicá
                                                                                                      Luz Marina Contreras – Villavicencio
                    EL ESPECIALISTA EN PROPIEDAD HORIZONTAL
           Las opiniones expresadas en los artículos no comprometen ni la opinión de las directivas   Carrera 27 A No. 72-71 Bogotá, Colombia
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