Page 12 - Periodico Prhopio ED 29
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12             HISTORIA                                                                      www.prhopio.com • Bogotá, Colombia, Agosto 2022


          P-11                                          Breve resumen de la                                             un reglamento de comunidad,
           Es de mencionar que la Corte                                                                                 no de propiedad horizontal; por
          Constitucional, ha expresado en            historia del régimen de                                            sustracción de materia no existe
          el caso del administrador de la                                                                               sino un terreno con matrícula in-
          propiedad horizontal, que es un                    comunidad y PH                                             mobiliaria y cédula catastral y la
          mandatario y sus funciones y fa-                                                                              misma construcción es privada,
          cultades son de tipo legal y no                                                                               se protocoliza y eleva a escritura
          pueden ser usurpadas, está en la  orden público de la ley, así no se  48 artículos y fue derogada por  un reglamento, no de P.H. sino
          Ley art. 51 Ley 675/2001, de ahí la  hubiese reformado el reglamen-      la ley 675/2001 art. 87 duro 3  de comunidad, administración y
          responsabilidad que tiene en los  to, la Corte Constitucional men-       años, hoy en día es el título III  convivencia.
          términos del art. 50 de la misma  ciona en la sentencia C488/2002  de la ley 675/2001 art. 63/84. En
          ley y la responsabilidad civil, por  Y T972/08 que no se puede invo-     las urbanizaciones donde existen       Y las leyes que la rigen fuera de
          las culpas leve, grave y con dolo,  car una ley si no se está some-      bienes privados casas y calles y  esta ley 675/01 art. 85 y demás
          extralimitación o incumplimiento  tido a ella, no se puede invocar  carreras, que muchos propieta-            disposiciones aplicables, como el
          de las facultades y funciones y ni  la ley mientras no se reforme;  rios, tratan de regularse, pero no  Título  II  de  solución  de  conflic-
          qué decir de los delitos, en ma-    dado que la ley no es retroactiva,  saben cómo y estos 21 artículos,  tos, que opera también en la UIC,
          teria penal en ejercicio del cargo,  es claro que son de las de tipo  con 21 años, no se construyen  la figura de la persona jurídica y
          consecuencia de la autonomía de  patrimonial no de las de orden  con la regulación existente título  todo lo que le sea aplicable, pero
          la voluntad, para ejercer el cargo  público.                             III de la ley actual, es un régimen  no es P.H. tampoco. Al no existir
          como mandatario, que  lo  hace                                           similar a la propiedad horizontal  bienes comunes, sino públicos,
          responsable de rendir cuentas         Esta ley no existe, pero subsis-   dado que el terreno y construc-      de cesión tipo b según los POT
          espontáneamente y por eso  te en los reglamentos no refor-               ción es privado, menos el área  nacional y municipal, en los tér-
          debe prestar caución en el ma-      mados, según la Corte                        de acceso o sea las vías,  minos del art. 5 de la ley 9/89 de
          nejo de dineros, art. 16/27 Ley 95  constitucional, Era un                           que no son principa-     reforma urbana.
          de 1890, régimen del administra-    régimen de comu-                                    les  sino secunda-
          dor de la comunidad, además de  nidad,        trataba                                     rias o terciarias;    ●   Decreto     Reglamentario
          dejar claro que acepta el encar-    el tema de los                                         pero a la vez se   1060/2009. Se trata en relación
          go art. 8 ley 6775/2001; tenemos  copropieta-                                               pueden con-       a los bienes comunes y se consi-
          la  gestión indebida  de recursos  rios, como se                                            trolar a pesar  deró prudente regular sobre esta
          sociales, infidelidad profesional y  menciona hoy                                           de existir una  clase de bien común y su natu-
          otras disposiciones de tipo penal.  en la nueva                                             sentencia por  raleza.
                                              LEY 675/2001                                            el  art.  64  un
           ●  LEY  95  DE  1890, del 16 de  era llamados                                             inciso que ex-       En resumen tenemos que la le-
          Noviembre y publicada con fe-       como comune-                                          presó que al ser  gislación ha sido amplia, pero se
          cha 2 de Dic. Régimen del Admi-     ros, en relación                                     un bien Público  debe analizar para entenderla y
          nistrador de la Comunidad, art.  al administrador, se                                  no lo pueden ha-       sobre todo los alcances de la úl-
          16/27; con 11 artículos esta ley  nombraba por Asam-                                cer, la misma ley 2049/  tima ley 675/2001. A la fecha han
          tiene de vigencia 132 años, está  blea para tener la persone-                 estatuto de vivienda segura  existido más de 18 sentencias
          vigente hoy en día y se aplican  ría de la comunidad, la prueba de  permite usufructuar el espacio  relacionadas con asequibilidad
          algunos artículos a la propiedad  ello, era el acta de la asamblea,  público vía administrativa como  e inexequibilidad de la ley, las
          horizontal, es prohibido manejar  ver sentencias de las Cortes, en  lo expresó la Corte Constitucio-          demás que son tutelas, la Corte
          recursos sin prestar una caución.  especial de la Corte Suprema de  nal en la sentencia 265/02.               le ha dado importancia y se ha
          Disposición que no se cumple, se  Justicia de febrero 18 de 1995,                                             pronunciado por infracción a los
          ignora, es la garantía en el mane-  que lo aclaro y además en la ley       ● LEY 675/2001 Propiedad Ho-       principios y derechos fundamen-
          jo de recursos cuando se trata de  16/85 se mencionó que el admi-        rizontal título I-II art. 1/62.Estas  tales en 120 tutelas que hacen
          la delegación del cargo a un ter-   nistrador tenía la personería en  dos leyes 182/48/98 16/85, dero-        parte y que llegaron para su es-
          cero denominado administrador  los términos del art. 22 de la ley  gadas por la ley 675/2001, pero  tudio, previa selección.
          o mandatario.                       95 de 1.890 Régimen del admi-        no los reglamentos.
                                              nistrador de la Comunidad.                                                  Por  último,  debo  comentar
           ● LEY 182/48, Régimen de Pi-                                              ● PARCELACIONES TITULO IV  que existen pronunciamientos
          sos y Departamentos de un mis-        LEY 16/85, DEL 8 de enero pu-      Art. 85, como existen varias cla-    de la Corte Suprema de Justi-
          mo edificio, de fecha 29 de dic.  blicada el día 23 de enero. Del  ses de parcelaciones, la que tiene  cia, Consejo de Estado, más de
          Publicado el 29 de Dic. Gaceta,  art. 1/10, se denominó el régi-         destinación agrícola y la de Con-    20 de cada una y sobre todo a
          con 25 Artículos, derogada por  men societario, por sus caracte-         dominios campestres, primero  partir de la ley 675/2001, cuan-
          el art. 87 de la ley 675/2001, me-  rísticas con sociedad comercial,  se tramita la división material en  do se presume que hasta ahora
          diante esta misma ley se estable-   Ponente Hernán Echeverry Mejía.      la parcela y se solicita con el pla-  ha sido la mejor, incluso de Lati-
          ció que se aplican las normas de                                         no y otros documentos, licencia  noamérica.
                                                ● Ley 428/98 UIC -unidad in-       de parcelación; una vez sea pro-
                                              mobiliaria cerrada- esta ley tuvo  tocolizada la escritura, se elabora
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